SII - Oficio N°3313 (15-11-2022)
Oficio N°3313 (15-11-2022) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la aplicación del art. 38 bis LIR en la transformación de una SpA a sociedad de responsabilidad limitada, su tributación bajo el art. 14 LIR y la exención de IVA para sociedades de profesionales según el art. 12 LIVS.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Ord. N° 3313 de 15.11.2022, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Depto. de Impuestos Directos. Se refiere a la aplicación del artículo 38 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) en una transformación de SpA a sociedad de responsabilidad limitada, las normas del N° 3 de la letra C) del artículo 14 de la LIR, y la exención de IVA del artículo 12 letra E N° 8 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una SpA, compuesta por personas naturales que ejercen profesiones afines, tributa bajo el régimen del N° 3 de la letra D) del artículo 14 de la LIR. Se transforma en una sociedad de responsabilidad limitada sin realizar una liquidación de impuestos finales según el artículo 38 bis de la LIR, argumentando continuidad jurídica. Tras la transformación, la sociedad iniciaría actividades como contribuyente del IUSC, optando por tributar bajo las normas de la primera categoría según lo prescrito en el N° 2 del artículo 42 de la LIR, acogiéndose al régimen establecido en el N° 3 de la letra D) del artículo 14 de la LIR. La transformación busca mantener la imagen corporativa, evitar cambios contractuales y mantener los efectos laborales.
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