SII - Oficio N°828 (14-03-2023)
Oficio N°828 (14-03-2023) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio N° 828 de 2023, se pronuncia sobre los requisitos para que una sociedad sea considerada de profesionales, especialmente en relación con su objeto social y las actividades económicas desarrolladas, en el contexto de la exención de IVA.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 828, de 14.03.2023, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Depto. de Impuestos Indirectos. Materia: Requisitos para tributar como sociedad de profesionales relacionados al objeto social.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta si una sociedad de responsabilidad limitada cuyo objeto social incluye asesoría informática, así como compra y venta de productos computacionales, puede calificar como sociedad de profesionales si en la práctica solo presta servicios de asesoría informática.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Puede una sociedad con un objeto social que incluye actividades no profesionales (compraventa de productos) calificar como sociedad de profesionales si solo presta servicios profesionales en la práctica?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se exponen explícitamente los argumentos del consultante, pero se entiende que busca confirmar si la amplitud del objeto social impide calificar como sociedad de profesionales.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Ley N° 21.420, Art. 2 N° 2 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), Art. 12 letra E N° 8 de la LIVS, Art. 42 N° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Rent...
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