SII - Oficio N°2320 (31-08-2023)
Oficio N°2320 (31-08-2023) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 2320 de 31.08.2023, aclara que la exención de IGC para intereses de depósitos a plazo hasta 20 UTM se aplica al total de intereses percibidos en el año, no por depósito individual.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2320, de 31.08.2023, de la Subdirección Normativa, Depto. de Impuesto Directos, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Exención de Impuesto Global Complementario (IGC) a intereses por depósitos a plazo fijo. Artículos 20 N° 2 y 57 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente consulta sobre la aplicación del límite exento de 20 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) para el Impuesto Global Complementario (IGC) en relación con los intereses generados por depósitos a plazo fijo. La duda específica es si este límite se aplica a la ganancia anual total o a la de cada depósito individual.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿El límite exento de 20 UTM del IGC se aplica a la ganancia total anual por intereses de depósitos a plazo fijo o a la ganancia obtenida por cada depósito individual?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita en el oficio.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el artículo 57, inciso primero, de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) y el artículo 20 N° 2 de la LIR.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII basa su respuesta en el inciso primero del ar...
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