SII - Oficio N°2717 (25-10-2023)
Oficio N°2717 (25-10-2023) del SII
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 2717 de 2023, clarifica la distribución de PPM a socios, indicando que, en general, pueden distribuirse según las necesidades de cada socio, excepto en el régimen pro pyme transparente, donde deben distribuirse en proporción a la base imponible.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2717, de 25.10.2023, emitido por la Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Directos del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Pagos provisionales mensuales (PPM) puestos a disposición de los socios.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta si la distribución de PPM a los socios de una sociedad debe efectuarse según las necesidades de cada socio o según la participación societaria.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cómo debe efectuarse la distribución de PPM a los socios: según sus necesidades individuales o en proporción a su participación en la sociedad?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Artículos 2 N° 6, 14 letra D N° 8, y 94 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR). Oficio N° 67 de 1990. Circular N° 16 de 1991. Resolución N° 4 de 2008. Resolución N° 97 de 2020. Circular N° 62 de 2020.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El artículo 94 de la LIR permite imputar el saldo de los PPM pagados por sociedades de personas al impuesto global complementario o adicional de los socios, considerándose como un retiro efectuado en el mes de la imputación. El tratamie...
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