SII - Oficio N°689 (11-04-2024)
Oficio N°689 (11-04-2024) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre el tratamiento tributario de anticipos, arriendos, leasing, depreciación de inmuebles, y el traspaso de créditos fiscales desde el régimen Pro Pyme al régimen general del Art. 14 A de la LIR.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 689, de 11.04.2024, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Directos. Materia: Tratamiento tributario de egresos y créditos generados en el régimen Pro Pyme (Art. 14 letra D) N° 3 LIR).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente acogido al régimen Pro Pyme del Art. 14 letra D) N° 3 de la LIR formula consultas sobre el reconocimiento de egresos y créditos.
• Consultas específicas planteadas al SII:
- ¿Los arriendos pagados anticipadamente, cuotas de leasing y anticipos de proveedores deben considerarse gasto tributario?
- ¿Los créditos por IDPC deben registrarse en la columna “sin derecho a devolución” o “con derecho a devolución”? ¿Es opcional para el contribuyente?
- En la compra de propiedades, ¿qué valor debe considerarse para el gasto o depreciación por construcciones y terreno como activo?
- En un cambio de régimen Pro Pyme (Art. 14 D) N° 3) a régimen general (Art. 14 A), ¿los créditos se traspasan idénticamente?
• Argumentos del consultante: No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Artículos 14 letra A) y letra D), 20 N° 1, 21, 31, 56 N° 3, y 63 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR); Circulares...
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