SII - Oficio N°176 (28-01-2025)

Oficio N°176 (28-01-2025) del SII

Abstracto

El SII se pronuncia sobre la aplicación del ISIF (Ley 21.681) en una fusión, permitiendo a la absorbente (Art. 14 A) acogerse al impuesto por utilidades de la absorbida (Pro Pyme), aplicando la tasa del 12% según su régimen actual.

Resumen

• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 176, de 28.01.2025, del SII, Subdirección Normativa, Depto. de Impuestos Directos, sobre Impuesto Sustitutivo del artículo 10 de la Ley N° 21.681 en caso de fusión de empresas. Se analizan los Artículos 14 letra A, 10 y 11 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).

• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una sociedad de responsabilidad limitada sujeta al régimen general (Art. 14 A de la LIR) absorbió el 30 de agosto de 2024 a una sociedad Pro Pyme general (Art. 14 D N° 3 de la LIR). La sociedad absorbente evalúa acogerse al ISIF con tasa del 12% sobre utilidades generadas al 31 de diciembre de 2023 por la sociedad absorbida.

• Consultas específicas planteadas al SII:
1. Confirmar si el Oficio N° 1321 de 2022 es aplicable, permitiendo a la absorbente acogerse al ISIF por el saldo depurado de utilidades generadas al 31 de diciembre de 2023 por la absorbida, declaradas en el registro RAI.
2. Confirmar si el impuesto a pagar por el saldo depurado de utilidades generadas al 31 de diciembre de 2023 por la absorbida y contabilizadas en el registro RAI, se debe cumplir con la tasa del 12%.

• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): La consulta se basa en la interpretación de la aplicación del Oficio N° 1321...

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