Suprema - Rol 417-2005
JOSE ABELARDO BARRERA BORQUEZ CONTRA PDTE. SINDICATO TRABAJADORES INDEPENDIENTES DE TAXIS COLECTIVOS 7 CERRO MAR, DON MANUEL BONILLA VENEGAS
Abstracto
La Corte Suprema revoca la sentencia apelada y acoge el recurso de protección interpuesto contra el Sindicato de Trabajadores Independientes de Taxis Colectivos 7, dejando sin efecto la medida de expulsión del recurrente, por ser ilegal, arbitraria y vulnerar la garantía del artículo 19 N°16 de la Constitución Política.
Resumen
• Datos básicos del caso:
Recurso de protección interpuesto por don José Abelardo Barrera Bórquez en contra de la directiva del Sindicato de Trabajadores Independientes de Taxis Colectivos 7, Cerro Mar.
• Antecedentes procesales relevantes:
La sentencia de primera instancia, apelada, es revocada por la Corte Suprema.
• Hechos establecidos:
El recurrente es conductor de un vehículo de propiedad de un socio del Sindicato recurrido. El Sindicato alega conductas impropias del recurrente y lo expulsa.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte:
Determinar si la expulsión del recurrente por parte del Sindicato es legal y si vulnera sus garantías constitucionales.
• Argumentos de las partes:
El Sindicato justifica la expulsión en las conductas impropias del recurrente. El recurrente alega que la expulsión es ilegal y arbitraria, vulnerando su derecho a trabajar.
• Doctrina y jurisprudencia citadas:
Se cita el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales.
• Fundamentos clave de la Corte Suprema:
- No se acreditó la efectividad de las conductas impropias atribuidas al recurrente.
- El recurrente no es socio del Sindicato, por lo ...
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