Suprema - Rol 3666-2005
VILLABLANCA IBAÑEZ ROGOBERTO ANTONIO
Abstracto
La Corte Suprema de Chile, el 14 de septiembre de 2005, acoge el recurso de nulidad interpuesto por el Ministerio Público, invalidando la sentencia del Tribunal Oral en lo Penal de Villarrica por vulneración al debido proceso al impedir la incorporación de prueba documental.
Resumen
• Datos básicos del caso
El caso se refiere al recurso de nulidad (RUC 0500061615-1, interno 22-2005) interpuesto contra la sentencia del Tribunal Oral en lo Penal de Villarrica, que condenó a Rigoberto Antonio Villablanca Ibáñez por el delito de hurto simple. La sentencia impugnada le impuso una pena de 400 días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargos u oficios públicos y una multa de 5 UTM.
• Antecedentes procesales relevantes
El Tribunal Oral en lo Penal de Villarrica dictó sentencia el 11 de julio de 2005, condenando a Rigoberto Antonio Villablanca Ibáñez. El Ministerio Público, representado por el fiscal Francisco Ljubetic Romero, interpuso recurso de nulidad invocando las causales de las letras a) y b) del artículo 373 del Código Procesal Penal (CPP). La vista del recurso se realizó el 25 de agosto, con alegatos del Ministerio Público y la Defensoría Penal Pública.
• Hechos establecidos
La sentencia del Tribunal Oral en lo Penal de Villarrica consideró a Rigoberto Antonio Villablanca Ibáñez autor del delito de hurto simple, perpetrado el 12 de febrero de 2005 en Pucón, en perjuicio de Samuel Fernando Mardones Herrera.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
- Si la exclusión de prueba documental por parte del Tribunal Oral vulne...
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