Suprema - Rol 6584-2005
EASY RIDER S.A. / MINISTERIO TRANSPORTE
Abstracto
La Corte Suprema declara inadmisibles los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos por Easy Rider S.A. contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la multa impuesta por infracción a la Ley General de Telecomunicaciones.
Resumen
• Datos básicos del caso
Recurso de casación en la forma y en el fondo interpuesto por Easy Rider S.A. contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó con rebaja la multa impuesta por el Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
• Antecedentes procesales relevantes
El Ministro de Transportes y Telecomunicaciones sancionó a Easy Rider S.A. con una multa de 1000 UTM por infracción a los artículos 3° y 8° de la Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, por instalar, operar y explotar servicios de transmisión o conmutación de llamadas de larga distancia sin autorización. Además, se le ordenó suspender la operación del servicio. La Corte de Apelaciones de Santiago rebajó la multa a 5 UTM. Easy Rider S.A. interpuso recursos de casación en la forma y en el fondo.
• Hechos establecidos
Easy Rider S.A. instaló, operó y explotó medios que proveen funciones de transmisión o conmutación de llamadas entrantes de larga distancia correspondientes al servicio público telefónico sin contar con autorización del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, lo que constituye una infracción a la Ley General de Telecomunicaciones.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
¿Son admisibles los recursos de casación en la forma y en el fondo interp...
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