Suprema - Rol 2454-2004
BANCO SANTANDER CHILE / AGUILAR VIDAL EMELINA Y OTROS
Abstracto
La Corte Suprema confirma la sentencia que rechaza la tercería de prelación. Se exige al acreedor de primera clase probar la insuficiencia de otros bienes del deudor para cobrar su crédito antes de extenderlo a la finca hipotecada.
Resumen
• Datos básicos del caso
La sentencia de reemplazo, dictada el 3 de agosto de 2006 por la Corte Suprema, Rol N° 2.454-2004, resuelve sobre una tercería de prelación.
• Antecedentes procesales relevantes
Se dicta sentencia de reemplazo en cumplimiento del artículo 786 del Código de Procedimiento Civil, luego de un recurso cuya naturaleza no se explicita.
La sentencia de primera instancia, confirmada, fue dictada el 22 de enero de 2004.
• Hechos establecidos
Un tercerista (acreedor de primera clase) interpone una tercería de prelación en un juicio ejecutivo seguido por un banco (acreedor hipotecario).
La tercerista no rindió prueba sobre la carencia de otros bienes del deudor.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
¿Quién tiene la carga de probar la inexistencia de otros bienes del deudor para que el crédito de primera clase se extienda a la finca hipotecada: el acreedor hipotecario o el tercerista (acreedor de primera clase)?
¿Debe el acreedor de primera clase probar la insuficiencia de otros bienes del deudor para cubrir su crédito, antes de extender su preferencia a la finca hipotecada?
• Argumentos de las partes
No se explicita en la sentencia los argumentos del banco ejecutante. Se entiende que el banco considera que es el tercerista quien debe probar...
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