Suprema - Rol 2003-2004
BANCO DE SANTIAGOCON INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA DON LUIS
Abstracto
La Corte Suprema rechaza recurso de casación contra sentencia que acogió demanda de desposeimiento. Se confirma que las prórrogas de un mutuo, aunque posteriores al vencimiento original, son válidas si no ha operado la prescripción, basándose en la autonomía de la voluntad y la falta de revocación del mandato.
Resumen
• Datos básicos del caso
Juicio ordinario de desposeimiento, Rol 19.082, Juzgado Civil de Elqui-Vicuña.
• Antecedentes procesales relevantes
El Juzgado Civil de Elqui-Vicuña acogió la demanda de desposeimiento. La Corte de Apelaciones de La Serena confirmó la sentencia. Se interpuso recurso de casación en el fondo por la demandada.
• Hechos establecidos
Juan Roberto Peña Torres adeuda al Banco Santiago 13.600 UF más intereses. Inmobiliaria y Constructora Don Luis Ltda. es tercer poseedor del inmueble hipotecado en garantía de la deuda. El pagaré original vencía el 27 de marzo de 1996, siendo luego prorrogado al 9 de octubre de 1996 y finalmente al 28 de febrero de 1997. La notificación del desposeimiento a la sociedad garante hipotecaria se realizó el 7 de febrero de 2002.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
Si la sentencia impugnada incurrió en error de derecho al no aplicar el artículo 2494 del Código Civil (renuncia a la prescripción) y el artículo 2514 del Código Civil (cómputo del plazo de prescripción) al considerar válidas las prórrogas del mutuo realizadas por el acreedor.
• Argumentos de las partes
La recurrente (Inmobiliaria y Constructora Don Luis Ltda.) argumenta que se infringió el artículo 2494 del Código Civil al validar una cláusula qu...
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.