Suprema - Rol 363-2005
CITIBANK N.A. CON EXXAL S.A.
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de casación en el fondo, anulando sentencia que rechazó impugnación de crédito verificado en quiebra. Se determina que la fallida no está obligada al pago de cuotas vencidas con posterioridad a la declaración de quiebra.
Resumen
• Datos básicos del caso:
- Tribunal: Corte Suprema de Chile.
- Fecha: 4 de octubre de 2006.
- Rol: 200-03.
- Caratulado: Citibank N.A. con Exxal S.A. (cuaderno de impugnación de crédito en quiebra).
• Antecedentes procesales relevantes:
- La Caja de Compensación de Asignación Familiar "Dieciocho de Septiembre" verificó un crédito por $143.310.510 en la quiebra de Exxal S.A., originado en cuotas de crédito social descontadas a trabajadores y no enteradas, basándose en la Resolución 2527 C/S y el privilegio del artículo 2472 N°6 del Código Civil.
- El Síndico de la quiebra impugnó parcialmente el crédito por $121.282.315, correspondiente a cuotas con vencimientos posteriores al 28 de enero de 2003 (fecha de la declaración de quiebra), alegando que Exxal S.A. no era avalista ni codeudora solidaria.
- El Juzgado Civil rechazó la impugnación, decisión que fue confirmada por la Corte de Apelaciones.
- El Síndico interpuso recurso de casación en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones.
• Hechos establecidos:
- La Caja de Compensación verificó un crédito por $143.310.510 en la quiebra de Exxal S.A., basado en la Resolución 2527 C/S.
- La impugnación se centra en $121.282.315 de ese monto, correspondiente a cuotas ...
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