Suprema - Rol 8088-2009
VALDES NOVOA HERNAN CONTRA I. MUNICIPALIDAD DE TEMUCO
Abstracto
La Corte Suprema de Chile, en sentencia de 4 de marzo de 2010, confirma el rechazo de un amparo económico, estableciendo que no es la vía idónea para proteger el derecho a desarrollar una actividad económica lícita.
Resumen
• Datos básicos del caso
Acción de amparo económico (Ley N° 18.971) interpuesta por el Sindicato de Trabajadores Independientes del Comercio en la Vía Pública y Feria de Temuco contra el Alcalde de Temuco.
• Antecedentes procesales relevantes
El caso llega a la Corte Suprema tras apelación de la sentencia de primera instancia, la cual es confirmada.
• Hechos establecidos
El sindicato alega que el Alcalde de Temuco vulneró su derecho a desarrollar una actividad económica lícita al incluir restricciones y prohibiciones en los permisos municipales.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
Determinar si la acción de amparo económico (Ley N° 18.971) es la vía idónea para proteger el derecho a desarrollar una actividad económica lícita (artículo 19 N°21 inciso 1° de la Constitución Política).
Definir el alcance del amparo económico y su diferenciación con el recurso de protección.
• Argumentos de las partes
Demandante (Sindicato): Alega vulneración al derecho a desarrollar una actividad económica lícita debido a las restricciones impuestas en los permisos municipales.
Demandado (Alcalde): No se explicita en la sentencia.
• Doctrina y jurisprudencia citadas
Se menciona jurisprudencia de la Corte Suprema sobre el sentido y alcance de la Ley 18.971, específicament...
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