Suprema - Rol 6467-2010

VILLAGRA SEPULVEDA LUIS Y OTROS

Abstracto

La Corte Suprema anula de oficio resoluciones previas en un procedimiento monitorio laboral, permitiendo la tramitación de la excepción de no empecer opuesta por los demandados, sucesores del empleador, invocando el derecho a un debido proceso y la aplicación supletoria del Código de Procedimiento Civil.

Resumen

• Datos básicos del caso:
Recurso de queja interpuesto por Jorge Yáber Abusleme, en representación de Luis Alejandro Villagra Sepúlveda y otros, en contra de los ministros de la Corte de Apelaciones de Talca, Hernán González García, Juana Venegas Illabaca y el abogado integrante Eduardo del Campo Vial.

• Antecedentes procesales relevantes:
Se impugna la resolución de la Corte de Apelaciones de Talca, de 24 de agosto de 2010, que confirmó la inadmisibilidad de la excepción de no empecer opuesta por los recurrentes en un procedimiento monitorio laboral iniciado por Manuel Alejandro Valenzuela González, RIT C-60-2010 del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca.

• Hechos establecidos:

  1. Manuel Alejandro Valenzuela González demandó en procedimiento monitorio laboral a Luis Alejandro Villagra Sepúlveda y otros, como sucesores de Rosendo José Villagra Sepúlveda.
  2. El Juzgado de Letras del Trabajo de Talca acogió la demanda.
  3. En la etapa de cumplimiento incidental, los demandados opusieron la excepción de no empecer, argumentando no ser herederos de Rosendo José Villagra Sepúlveda.
  4. El tribunal de primera instancia declaró inadmisible la excepción por no estar contemplada en el artículo 470 del Código del Trabajo.
  5. La Corte de Apelaciones de Talca confirmó la resolución.

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