Suprema - Rol 2928-2009

LUMENE

Abstracto

La Corte Suprema revoca la sentencia apelada y concede el registro de la marca denominativa "LUMENE" para productos de la clase 3, considerando su distintividad y la existencia de un acuerdo de coexistencia.

Resumen

• Datos básicos del caso
Solicitud de registro de la marca denominativa “LUMENE” para distinguir productos de la clase 3 (jabones, perfumería, cosméticos). Solicitud N° 757.762.

• Antecedentes procesales relevantes
La sentencia de primera instancia rechazó el registro de la marca. La sentencia de la Corte de Apelaciones confirmó la de primera instancia. Se interpuso recurso de casación en el fondo, el cual fue acogido, dictándose sentencia de reemplazo.

• Hechos establecidos
La marca “LUMENE” posee la distintividad suficiente para identificar productos con un origen empresarial determinado. Existe un acuerdo de coexistencia entre las partes involucradas.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
Determinar si la marca “LUMENE” posee la distintividad necesaria para ser registrada y si existe riesgo de confusión con marcas preexistentes, considerando el acuerdo de coexistencia entre las partes.

• Argumentos de las partes
No se explicitaron los argumentos de las partes en la sentencia de reemplazo.

• Doctrina y jurisprudencia citadas
No se citó doctrina ni jurisprudencia en la sentencia de reemplazo.

• Fundamentos clave de la Corte Suprema
La Corte Suprema considera que la marca “LUMENE” posee la distintividad suficiente para cumplir su función marcario. Est...

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