Suprema - Rol 9555-2010
PICHIPIL NOVOA JUAN CON INDUSTRIA DE ALIMENTOS DOS EN UNO LTDA
Abstracto
La Corte Suprema de Chile, en sentencia de 6 de julio de 2011, acoge recurso de casación en el fondo, estableciendo que el plazo de prescripción para acciones por despido injustificado es de seis meses, contados desde la terminación de los servicios.
Resumen
• Datos básicos del caso
Don Juan Carlos Pichipil Novoa demanda a Industria de Alimentos Dos en Uno S.A. por despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones.
• Antecedentes procesales relevantes
El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago rechaza la excepción de prescripción y acoge parcialmente la demanda. La Corte de Apelaciones de Santiago confirma el fallo. La demandada recurre de casación en el fondo.
• Hechos establecidos
a) El demandante trabajó para la demandada desde el 25 de agosto de 2006 como operario de producción.
b) Fue despedido el 21 de julio de 2008, por las causales del artículo 160 Nos. 5 y 7 del Código del Trabajo.
c) La demanda fue presentada el 25 de septiembre de 2008 y notificada el 2 de marzo de 2009.
d) El actor interpuso reclamo administrativo ante la Inspección del Trabajo el 22 de julio de 2008, concluido el 5 de agosto del mismo año.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
Determinar si la sentencia recurrida incurrió en error de derecho al rechazar la excepción de prescripción, considerando si el plazo aplicable es de seis meses o dos años según el artículo 480 del Código del Trabajo.
• Argumentos de las partes
La demandada (recurrente) alega que la sentencia infringe el artículo 480 del Código d...
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