Suprema - Rol 7043-2011
SOCIEDAD RENTAS ARDANTZA LIMITADA CONTRA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CASABLANCA
Abstracto
La Corte Suprema rechaza el recurso de casación interpuesto por Sociedad Rentas Ardantza Limitada, confirmando el fallo que la obliga al pago de patente municipal por considerarse una actividad lucrativa terciaria.
Resumen
• Datos básicos del caso
Reclamo de ilegalidad municipal, Rol Nº 7043-2011, Corte Suprema, 5 de octubre de 2011.
• Antecedentes procesales relevantes
Sociedad Rentas Ardantza Limitada interpone recurso de casación en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que rechazó su reclamo contra la Municipalidad de Casablanca.
• Hechos establecidos
La reclamante es una sociedad de inversiones cuyo objeto es la inversión en bienes, especialmente valores mobiliarios, su administración y la percepción de rentas.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
Determinar si la sociedad reclamante realiza actividades gravadas con el pago de patente municipal según el D.L. Nº 3.063.
• Argumentos de las partes
La recurrente alega infracción de los artículos 23 y 24 del Decreto Ley N° 3063 de 1979 y 20, 21 y 22 del Código Civil. Argumenta que el fallo interpreta erróneamente el concepto de actividad terciaria, desconociendo el principio de reserva legal en materia tributaria. Señala que su actividad no se ajusta a la definición económica de actividad terciaria (prestación de servicios, comunicación o turismo). Sostiene que la ley grava el ejercicio de una actividad en un lugar determinado, y no meras formas de organización empresarial o su objeto soc...
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