Suprema - Rol 6042-2009
ARRIAGADA RIVAS AURORA VIVIANA CON INMOBILIARIA PARQUE SAN PEDRO S.A
Abstracto
La Corte Suprema rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto por la demandante, confirmando la sentencia que acogió la excepción de prescripción extintiva en un juicio de responsabilidad extracontractual. Se determina que el plazo de prescripción se computa desde la fecha del acto ilícito.
Resumen
• Datos básicos del caso
Juicio ordinario de responsabilidad extracontractual (Rol N° 2.209-07) seguido ante el Primer Juzgado Civil de Concepción. Demandante: Aurora Viviana Arriagada Rivas. Demandada: Inmobiliaria Parque San Pedro S.A., representada por Pedro Luis Larraza Alberdi. La demandante busca indemnización por daño moral derivado de un hecho ilícito.
• Antecedentes procesales relevantes
La demandada opuso excepciones de falta de capacidad de la actora e ineptitud del libelo, las cuales fueron desestimadas. En la contestación, alegó la inadmisibilidad del cúmulo de responsabilidades, confusión de regímenes, prescripción, falta de requisitos para la acción indemnizatoria e improcedencia de la indemnización por daño moral fundada en el despido injustificado.
El tribunal de primera instancia rechazó la excepción de prescripción y acogió la demanda, condenando a la demandada a pagar una indemnización por daño moral. La Corte de Apelaciones de Concepción revocó esta sentencia, acogiendo la excepción de prescripción y rechazando la demanda. La demandante interpuso recurso de casación en el fondo.
• Hechos establecidos
a) El fundamento de la demanda de responsabilidad es la imputación de hechos constitutivos de delito de hurto, contenidos en la demanda laboral (causa N° 2.208...
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