Suprema - Rol 10266-2011
ROSITA GEMA PERALTA MADRID CON CORPORACION MUNICIPAL DE EDUC. SALUD Y ATENC. DE MENORES DE PUENTE ALTO.
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de nulidad, unificando jurisprudencia sobre la inaplicabilidad del autodespido (art. 171 CT) y la nulidad del despido por no pago de cotizaciones (art. 162 inc. 7 CT) a profesionales de la educación regidos por el Estatuto Docente.
Resumen
• Datos básicos del caso
Recurso de nulidad contra la sentencia de cinco de julio de dos mil once, dictada por el Juzgado del Trabajo, en el marco de una demanda por autodespido y nulidad del despido. Corte Suprema, 3 de agosto de 2012.
• Antecedentes procesales relevantes
La demandada (Corporación Municipal) interpuso recurso de nulidad contra la sentencia de primera instancia, el cual fue rechazado por la Corte de Apelaciones de San Miguel. Contra esta última decisión, la demandada recurre de nulidad ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos
La actora (profesional de la educación) demandó a su empleador (Corporación Municipal) invocando la figura del despido indirecto (art. 171 del Código del Trabajo), alegando incumplimientos graves que justificaban su decisión de poner término al contrato. Solicitó, además, la declaración de nulidad del despido por no pago de cotizaciones previsionales.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
- ¿Es aplicable el artículo 171 del Código del Trabajo (autodespido) a los profesionales de la educación regidos por el Estatuto Docente (Ley N°19.070)?
- ¿Procede la sanción de nulidad del despido por no pago de cotizaciones previsionales (art. 162, inciso 7, del Código del Trabajo) en casos de autodespido?
- ¿Tienen der...
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