Suprema - Rol 338-2013
TOLEDO CON TRANSPORTES Y COMERCIAL BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ E .I.R.L.
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de unificación de jurisprudencia, revocando sentencia que aplicó la nulidad del despido. Se establece que la sanción no procede cuando la relación laboral es reconocida judicialmente, no habiendo retención indebida de cotizaciones.
Resumen
• Datos básicos del caso:
Recurso de Unificación de Jurisprudencia interpuesto contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca que rechazó el recurso de nulidad presentado contra la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó, la cual acogió la demanda por nulidad del despido y despido injustificado, condenando a Transportes y Comercial Bercy del Carmen Oyarzún Díaz E.I.R.L. al pago de diversas indemnizaciones y prestaciones.
• Antecedentes procesales relevantes:
- El Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó acogió la demanda de Rubber Williams Toledo Ávila contra Transportes y Comercial Bercy del Carmen Oyarzún Díaz E.I.R.L., declarando la nulidad del despido y condenando al pago de indemnizaciones, remuneraciones y cotizaciones adeudadas.
- La demandada interpuso recurso de nulidad, fundado en los artículos 478 letra b) y 477 del Código del Trabajo, este último en relación con el artículo 162, incisos quinto, sexto y séptimo, del mismo cuerpo legal.
- La Corte de Apelaciones de Talca rechazó el recurso de nulidad.
- La demandada interpuso recurso de unificación de jurisprudencia ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos:
- El Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó estableció la existencia de una relación laboral entre Rubber Williams Toledo Ávila y Trans...
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