Suprema - Rol 338-2013
TOLEDO CON TRANSPORTES Y COMERCIAL BERCY DEL CARMEN OYARZUN DIAZ E .I.R.L.
Abstracto
Corte Suprema, 2 de julio de 2013. En unificación de jurisprudencia, acoge recurso de nulidad contra sentencia que aplicó erróneamente el artículo 162 del Código del Trabajo, касательно санкций por no enterar cotizaciones, en un caso donde la relación laboral fue declarada judicialmente.
Resumen
• Datos básicos del caso: Sentencia de reemplazo dictada por la Corte Suprema el 2 de julio de 2013, en cumplimiento del artículo 483 C, inciso segundo, del Código del Trabajo, en unificación de jurisprudencia. Rol Nº 338-2013. El caso proviene del Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó, RIT NºO-69-2012.
• Antecedentes procesales relevantes: La demandada recurre de nulidad contra la sentencia del Juzgado del Trabajo de Curicó, invocando la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, específicamente en relación con el artículo 162, incisos quinto, sexto y séptimo, del mismo código. La Corte de Apelaciones de Talca dictó sentencia de nulidad el 7 de noviembre de 2012, cuyos fundamentos se mantienen.
• Hechos establecidos: La controversia se centra en determinar si procede aplicar la sanción del artículo 162 del Código del Trabajo (redacción Ley Nº 19.631) cuando la relación laboral se declara judicialmente en la sentencia, retrotrayéndose a un período anterior (entre el 9 de septiembre de 2009 y el 9 de marzo de 2012).
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte: ¿Es aplicable la sanción del artículo 162 del Código del Trabajo, que castiga al empleador que retiene y no entera la...
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