Suprema - Rol 6433-2013
LONG CON SOCIEDAD DE TRANSPORTES LAS ARAUCARIAS S.A.
Abstracto
La Corte Suprema rechaza el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por los demandantes, confirmando el fallo de la Corte de Apelaciones que no aplicó la sanción del artículo 162 inciso 5° del Código del Trabajo a una empresa en quiebra.
Resumen
• Datos básicos del caso
En autos RUC N°1240014130-2 y RIT N°O-1438-2012, don Jorge Long Prunes, en representación de trabajadores de Sociedad de Transportes Las Araucarias S.A., demandó el cobro de prestaciones laborales contra la sociedad, representada por el síndico de quiebras don Enrique Ortíz D’Amico, ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
• Antecedentes procesales relevantes
El Juzgado de Letras del Trabajo acogió la demanda, declarando el despido injustificado y ordenando el pago del incremento del 30%, remuneraciones desde el despido hasta la convalidación, y la devolución de sumas descontadas. La demandada recurrió de nulidad, invocando infracción del artículo 477 del Código del Trabajo en relación con el Libro IV del Código de Comercio, especialmente los artículos 1, 2, 27, 66 y 147, por aplicar la sanción del artículo 162, inciso 5°, del Código del Trabajo a una empresa en quiebra. La Corte de Apelaciones acogió el recurso de nulidad. Los demandantes interpusieron recurso de unificación de jurisprudencia.
• Hechos establecidos
Los demandantes fueron despedidos el 14 de marzo de 2012, invocándose la causal de necesidades de la empresa por haber sido declarada en quiebra (artículo 161, inciso 1°, del Código del Trabajo).
• Cuestiones jurídicas som...
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