Suprema - Rol 12715-2013
LOYOLA GARRIDO FRANCISCO EDUARDO CON ESCOBAR SEPULVEDA TERESA DEL ROSARIO
Abstracto
Corte Suprema, 03 de septiembre de 2014. Se rechaza el incidente de abandono del procedimiento, al considerar que, vencido el término probatorio, el impulso para dictar sentencia recae en el tribunal, no en las partes.
Resumen
• Datos básicos del caso
Incidente de abandono del procedimiento promovido por la parte demandada. Rol N° 12.715-2013. Corte Suprema, Primera Sala, 3 de septiembre de 2014.
• Antecedentes procesales relevantes
La sentencia de primera instancia, de fecha 30 de abril de 2013, rechazó el incidente de abandono del procedimiento. La demandada apeló de esta decisión.
La Corte Suprema conociendo de un recurso de casación, dicta sentencia de reemplazo.
• Hechos establecidos
El incidente de abandono del procedimiento fue presentado por la demandada luego de vencido el término probatorio.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
Determinar si, en el estado procesal de la causa (vencido el término probatorio), correspondía al demandante realizar gestiones para impulsar el procedimiento o si dicha carga procesal recaía exclusivamente en el tribunal.
• Argumentos de las partes
—
• Doctrina y jurisprudencia citadas
Se citan los artículos 152 y 432 del Código de Procedimiento Civil.
• Fundamentos clave de la Corte Suprema
La Corte Suprema basa su decisión en los siguientes fundamentos:
- El artículo 152 del Código de Procedimiento Civil establece que el procedimiento se entiende abandonado cuando todas las partes cesan en su prosecución durante seis meses, contados d...
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