Suprema - Rol 24421-2014
SOCIEDAD IMPORTADORA DRAGON DE ORO LTDA. CON CARCAMO.
Abstracto
La Corte Suprema rechaza el recurso de unificación de jurisprudencia, señalando que la facultad del juez laboral de autorizar o no el desafuero de una trabajadora embarazada debe ejercerse ponderando las circunstancias del caso y la normativa aplicable.
Resumen
• Datos básicos del caso
La Sociedad Importadora Dragón de Oro Limitada solicitó el desafuero de Georgina Cárcamo Vásquez. El Juzgado de Letras del Trabajo de Arica rechazó la demanda de desafuero y acogió la demanda reconvencional de la trabajadora por pago de prestaciones.
• Antecedentes procesales relevantes
La Sociedad Importadora Dragón de Oro Limitada interpuso recurso de nulidad contra la sentencia de primera instancia, invocando la causal del artículo 477 del Código del Trabajo (infracción de ley). La Corte de Apelaciones de Arica rechazó el recurso de nulidad. Posteriormente, la misma parte interpuso recurso de unificación de jurisprudencia.
• Hechos establecidos
La sentencia no explicita un relato de hechos establecidos, pero se infiere que existe una relación laboral a plazo fijo entre la Sociedad Importadora Dragón de Oro Limitada y Georgina Cárcamo Vásquez, y que esta última se encuentra amparada por el fuero maternal.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
Determinar si, acreditados los presupuestos fácticos de la causal objetiva de término de contrato (artículo 159 N°4 del Código del Trabajo), el juez de la instancia debe autorizar el desafuero de la trabajadora, o si tiene la facultad de ponderar otros factores.
• Argumentos de las partes...
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