Suprema - Rol 8812-2015
PRIME ALIMENTOS
Abstracto
La Corte Suprema rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto por Nutrition Health Food Limitada, confirmando la decisión que rechazó el registro de la marca mixta "PRIME ALIMENTOS" por considerarla descriptiva y carente de distintividad.
Resumen
• Datos básicos del caso
Recurso de casación en el fondo interpuesto por Nutrition Health Food Limitada contra la sentencia de 10 de junio de 2015, que confirmó el rechazo de la solicitud de registro de la marca mixta "PRIME ALIMENTOS" para las clases 29 y 30.
• Antecedentes procesales relevantes
La sentencia de primera instancia acogió la demanda de oposición y rechazó la solicitud de registro de la marca. La Corte de Apelaciones confirmó esta decisión. Nutrition Health Food Limitada interpuso un recurso de casación en el fondo ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos
La sentencia impugnada consideró que el signo "PRIME ALIMENTOS" es descriptivo, ya que "PRIME" significa "principal" en inglés y "ALIMENTOS" se refiere a lo que se come o bebe para subsistir. Por lo tanto, el conjunto es descriptivo de la calidad de los productos y carece de distintividad.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
Determinar si la sentencia recurrida incurrió en errores de derecho al confirmar el rechazo de la solicitud de registro de la marca "PRIME ALIMENTOS", en particular, si se vulneraron los artículos 160 y 170 del Código de Procedimiento Civil, 16, 17 y 19 bis C de la Ley N° 19.039, y el artículo 19 de la Constitución Política de la República.
• Argumentos de las p...
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