Suprema - Rol 83525-2016

ANONIMIZADO

Abstracto

La Corte Suprema rechaza recurso de casación en el fondo, confirmando sentencia que condenó a hija a pagar pensión de alimentos a su padre. Se reafirma que no es obligatorio demandar a todos los alimentantes, pudiendo el alimentario elegir a quién demandar.

Resumen

• Datos básicos del caso
Don RECURRIDO 1 demandó a su hija, doña RECURRENTE 1, solicitando el pago de una pensión de alimentos de $350.000 mensuales y el usufructo vitalicio de una propiedad.

• Antecedentes procesales relevantes
El Juzgado de Familia de Coquimbo acogió parcialmente la demanda, condenando a la demandada a pagar una pensión de $230.000 mensuales. La Corte de Apelaciones de La Serena confirmó la sentencia. La demandada interpuso recurso de casación en el fondo.

• Hechos establecidos

  1. Doña RECURRENTE 1 es hija de don RECURRIDO 1, quien tiene otros tres hijos (HIJO 1, HIJO 2 y HIJO 3 RECURRENTE 1).
  2. Don RECURRIDO 1 tiene 80 años, padece maculopatía y sordera, y recibe una pensión de vejez de $162.000 líquidos, pagando $120.000 de arriendo.
  3. Doña RECURRENTE 1 antes ayudaba económicamente a su padre, es PROFESIÓN RECURRENTE 1 con ingresos de $1.500.000 mensuales, tiene una hija universitaria, es dueña de un inmueble y un vehículo.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
Determinar si el artículo 326 del Código Civil obliga al alimentario a demandar conjuntamente a todos los alimentantes en caso de pluralidad, o si puede demandar solo a aquellos que estime que podrán cumplir la obligación.

• Argumentos de las partes

  • Demandante (RECUR...

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