Suprema - Rol 3545-2018
LABRAÑA ARAYA MARIO HÉCTOR ANTONIO CON JUZGADO DE GARANTÍA DE SAN JAVIER.
Abstracto
La Corte Suprema confirma el amparo y declara que se abonen 242 días a la condena de Mario Labraña Araya, debido al arresto domiciliario nocturno sufrido, en la causa RUC 1300608917-2, RIT 1820-2014.
Resumen
• Datos básicos del caso
Amparo presentado en favor de Mario Héctor Antonio Labraña Araya, quien solicita se impute a su pena el tiempo que estuvo bajo arresto domiciliario nocturno.
• Antecedentes procesales relevantes
La Corte de Apelaciones de Talca acogió el recurso de amparo. Se interpuso recurso de apelación.
• Hechos establecidos
Mario Héctor Antonio Labraña Araya fue condenado en la causa RUC 1300608917-2, RIT 1820-2014, a la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio.
El amparado estuvo sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno entre el 12 de diciembre de 2014 y el 10 de diciembre de 2015, totalizando 363 días.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
Determinar si el tiempo que el amparado estuvo sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno debe ser imputado al cumplimiento de la pena impuesta.
Establecer la cantidad de días que deben ser abonados a la pena del amparado.
• Argumentos de las partes
No se explicitaron los argumentos de las partes en esta sentencia.
• Doctrina y jurisprudencia citadas
Se cita el artículo 348 del Código Procesal Penal.
Se cita el artículo 21 de la Constitución Política de la República.
• Fundamentos clave de la Corte Suprema
La medida cautelar de arresto domici...
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