Suprema - Rol 4243-2018
LAMBRUSCO
Abstracto
La Corte Suprema rechaza el recurso de casación en el fondo, confirmando la decisión del Tribunal de Propiedad Industrial que denegó el registro de la marca mixta "LAMBRUSCO" para vinos, al considerar que es un término descriptivo y de uso común.
Resumen
• Datos básicos del caso
Recurso de casación en el fondo interpuesto por CONSORZIO VINI MANTOVANI, CONSORZIO TUTELA DEL LAMBRUSCO DI MODENA y CONSORZIO PER LA TUTELA E LA PROMOZIONE DEI VINI REGGIANO E COLLI DI SCANDIANO E DI CANOSSA en contra de la sentencia del Tribunal de Propiedad Industrial que confirmó el rechazo del registro de la marca mixta “LAMBRUSCO” para la clase 33.
• Antecedentes procesales relevantes
El Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) rechazó de oficio la solicitud de registro de la marca mixta “LAMBRUSCO”. El Tribunal de Propiedad Industrial confirmó esta decisión. Se interpone recurso de casación en el fondo.
• Hechos establecidos
Los solicitantes son titulares de denominaciones de origen que utilizan el término “LAMBRUSCO” en Italia. INAPI rechazó el registro por considerar que “LAMBRUSCO” es descriptivo de la cualidad del vino, al ser un tipo de uva con la que se produce. La sentencia impugnada consideró que el signo es de uso general y carece de distintividad.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
Si la sentencia del Tribunal de Propiedad Industrial incurrió en infracción de ley al confirmar el rechazo de la solicitud de registro de la marca mixta “LAMBRUSCO”, por estimar concurrente la prohibición del artículo 20 l...
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