Suprema - Rol 38863-2017
CHÁVEZ CON ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPU.
Abstracto
La Corte Suprema rechaza recurso de unificación de jurisprudencia sobre nulidad del despido. Revoca criterio anterior y establece que no aplica la sanción en contratos a honorarios en la administración pública si se declara relación laboral a posteriori.
Resumen
• Datos básicos del caso
Recurso de unificación de jurisprudencia en autos RIT O-6-2017, RUC 17-4-0000078-6, caratulados “Chávez Sáez Cristina Andrea con Municipalidad de Maipú”, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
• Antecedentes procesales relevantes
El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda, declarando la existencia de relación laboral entre Cristina Andrea Chávez Sáez y la Municipalidad de Maipú desde el 15 de octubre de 2006 hasta el 5 de diciembre de 2016, y que el despido fue injustificado. Condenó al pago de indemnizaciones sustitutiva del aviso previo y por años de servicio con el recargo legal del 50%, cotizaciones de seguridad social por todo el período trabajado y feriado proporcional. Rechazó la demanda de nulidad del despido.
La demandante dedujo recurso de nulidad, fundado en el artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción al artículo 162 incisos quinto y séptimo, en relación a los artículos 160 N° 7 y 171 del mismo código, Decreto Ley N° 3.500 y artículo 3 inciso segundo de la Ley N° 17.322. La Corte de Apelaciones de Santiago lo rechazó.
Contra esta última decisión, la demandante interpuso recurso de unificación de jurisprudencia.
• Hechos establecidos
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• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de l...
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