Suprema - Rol 41895-2017
RODRÍGUEZ CON CONSTRUCTORA VISION SPA **
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de unificación de jurisprudencia, estableciendo que, para el despido, el empleador debe justificar el pago de cotizaciones hasta el último día del mes anterior, prevaleciendo el art. 162 del Código del Trabajo sobre el D.L. 3.500.
Resumen
• Datos básicos del caso
Recurso de unificación de jurisprudencia en autos RIT N° O-77-2016, RUC 16-4-0056340-7, del Segundo Juzgado de Letras de Quilpué, sobre nulidad de despido, indemnizaciones y otras prestaciones laborales. Demandantes: Carlos José Rodríguez Felipe y otros. Demandados: Constructora Visión Spa y Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).
• Antecedentes procesales relevantes
En primera instancia, el Juzgado de Letras de Quilpué acogió la demanda en todas sus partes, declarando la nulidad del despido. La Junji interpuso recurso de nulidad, el cual fue acogido por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la acción de nulidad del despido. Los demandantes interponen recurso de unificación de jurisprudencia contra la sentencia de la Corte de Apelaciones.
• Hechos establecidos
Los demandantes fueron despedidos el 5 de septiembre de 2016. A esa fecha, no se habían pagado las cotizaciones previsionales correspondientes al mes de agosto de 2016. El empleador no informó por escrito el estado de pago de las cotizaciones previsionales devengadas hasta el último día del mes anterior al despido, ni adjuntó los comprobantes correspondientes.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
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