Suprema - Rol 1083-2018
SILVA / OSORIO
Abstracto
La Corte Suprema rechaza recurso de casación en el fondo, confirmando la obligación de rendir cuentas de la demandada por haber tácitamente aceptado el mandato al cobrar rentas de arriendo de un inmueble en comunidad hereditaria.
Resumen
• Datos básicos del caso
Recurso de casación en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que confirmó la de primera instancia, acogiendo la demanda de obligación de rendir cuenta.
• Antecedentes procesales relevantes
La demandada recurre de casación en el fondo.
• Hechos establecidos
- El inmueble ubicado en calle Arlegui N°839 de Viña del Mar está inscrito a nombre de Ida Carvallo Plaza, Idita Myrna De Las Peñas, Gilda Dolores Silva Carvallo, Leontina Teresa Silva Uribe, Eduardo Silva Uribe y Antonio Jorge Silva Uribe, miembros de la sucesión de Antonio Silva Codoceo.
- Antonio Jorge Silva Uribe (fallecido el 1 de mayo de 2015) era cónyuge de la demandada, Nyria Eliana Osorio Carvallo.
- El inmueble fue arrendado a Héctor Luis González Flores por Antonio Jorge Silva Uribe, en representación de la sucesión, mediante contrato celebrado el 1 de enero de 2009.
- La demandada cobró y percibió las rentas de arrendamiento desde el 2 de marzo de 2015, ascendiendo a $1.150.000 a febrero de 2016, sin distribuirlos entre los demás propietarios.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
Determinar si la demandada está obligada a rendir cuentas en virtud de un mandato tácito derivado del cobro de rentas de arrendamiento de un inmuebl...
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