Suprema - Rol 5232-2018
VILLENA CON MUNICIPALIDAD DE MAIPU. (I)
Abstracto
La Corte Suprema rechaza el recurso de unificación de jurisprudencia en un caso sobre nulidad del despido. Confirma que, en relaciones laborales con órganos estatales originadas en contrataciones a honorarios, no procede la sanción de nulidad del despido.
Resumen
• Datos básicos del caso
Autos Rit O-1017-17, Ruc 1740009229-K, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados “Villena con Municipalidad de Maipú”.
• Antecedentes procesales relevantes
El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda, declarando la existencia de relación laboral e injustificado el despido, pero rechazó la aplicación de la sanción del artículo 162, inciso séptimo, del Código del Trabajo. La demandante recurrió de nulidad, siendo rechazado por la Corte de Apelaciones de Santiago. Luego, interpone recurso de unificación de jurisprudencia.
• Hechos establecidos
No se explicitaron los hechos en detalle, pero se entiende que la controversia surge de una relación laboral previamente establecida bajo un contrato a honorarios con la Municipalidad de Maipú, donde el trabajador alega la falta de pago de cotizaciones previsionales.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
La procedencia de la sanción de nulidad del despido (artículo 162, inciso séptimo, del Código del Trabajo) en casos donde la relación laboral se establece judicialmente tras un período de contratación a honorarios con un órgano de la administración del Estado, y si la falta de pago de cotizaciones previsionales en este contexto amerita la aplic...
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