Suprema - Rol 23180-2018
POZA CON DISTRIBUIDORA DE INDUSTRIAS NACIONALES S.A. (XXIII)
Abstracto
La Corte Suprema rechaza recurso de unificación de jurisprudencia, estableciendo que si el despido por necesidades de la empresa se declara injustificado, no procede imputar al pago de la indemnización por años de servicio los fondos del seguro de cesantía.
Resumen
• Datos básicos del caso
El caso corresponde al RIT 0-4817-2017, RUC 1740051392-9, del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
• Antecedentes procesales relevantes
El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda de Jorge Enrique Poza Tapia contra DIN S.A., declarando el despido injustificado y condenando a la demandada al pago de $2.762.460 por concepto de recargo legal del 30% sobre la indemnización por años de servicio, y $967.734 por descuento indebido del aporte a la Administradora de Fondos de Cesantía, con reajustes e intereses.
La demandada interpuso recurso de nulidad, el cual fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Santiago. Luego, interpuso recurso de unificación de jurisprudencia ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos
El tribunal de primera instancia declaró injustificado el despido del demandante.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
La materia de derecho a unificar es si procede descontar de la indemnización por años de servicio los aportes efectuados por el empleador al Fondo de Cesantía cuando el contrato termina por la causal de necesidades de la empresa (artículo 161, inciso 1°, del Código del Trabajo), sin considerar si el despido fue justificado o no.
• Argumentos de las partes
La demandad...
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