Suprema - Rol 20883-2019
TRANSPORTES JUAN NIBALDO CAROCA LEYTON EIRL / BUSES METROPOLITANA S A
Abstracto
La Corte Suprema declara desierto el recurso de casación en el fondo interpuesto por Transportes Juan Nibaldo Caroca Leyton EIRL, debido a la falta de comparecencia del demandante dentro del plazo legal, conforme a los artículos 201 y 779 del Código de Procedimiento Civil.
Resumen
• Datos básicos del caso:
Recurso de casación en el fondo interpuesto por Transportes Juan Nibaldo Caroca Leyton EIRL en contra de la sentencia de diez de mayo del año en curso.
• Antecedentes procesales relevantes:
El demandante, Transportes Juan Nibaldo Caroca Leyton EIRL, no compareció a continuar con la tramitación de su recurso de casación dentro del plazo legal.
• Hechos establecidos:
Consta en el certificado de fojas 235 que el demandante no compareció a continuar con la tramitación de su recurso dentro del plazo legal.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte:
Determinar si procede declarar desierto el recurso de casación en el fondo por la no comparecencia del recurrente dentro del plazo legal, considerando la Ley N° 20.886 (Ley de Tramitación Electrónica) y sus normas transitorias.
• Argumentos de las partes:
No se explicita en la sentencia.
• Doctrina y jurisprudencia citadas:
Se cita el artículo 24 de la Ley sobre Efecto Retroactivo de las Leyes.
• Fundamentos clave de la Corte Suprema:
La Corte Suprema se basa en los artículos 201 y 779 del Código de Procedimiento Civil para declarar desierto el recurso de casación en el fondo, debido a la falta de comparecencia del recurrente dentro del plazo legal.
• Decisión y efectos:
Se declara...
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