Suprema - Rol 8827-2019
ADOLFO ARANDA TORRES/SERVICIO DE SALUD CONCEPCION
Abstracto
La Corte Suprema revoca la sentencia apelada y acoge el recurso de protección, dejando sin efecto la resolución que rebajó el grado del recurrente en la Escala Única de Sueldos, por ser ilegal y arbitraria al vulnerar la igualdad ante la ley.
Resumen
• Datos básicos del caso
Recurso de protección interpuesto por Adolfo Aranda Torres contra el Servicio de Salud Concepción, impugnando la Resolución Exenta N° 7671, de 30 de noviembre de 2018.
• Antecedentes procesales relevantes
La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de protección. Se recurre de apelación ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos
Adolfo Aranda Torres se ha desempeñado como profesional a contrata en el Servicio de Salud Concepción desde el 1 de enero de 2001. Desde el 1 de septiembre de 2014 fue adscrito al Grado 8° de la Escala Única de Sueldos. Entre el 1 de enero de 2016 y el 30 de abril de 2018, fue Jefe del Departamento de Tecnología de la Información, con funciones asimiladas al grado 5°. El 1 de mayo de 2018, finalizó sus funciones como Jefe de Departamento y fue destinado como asesor informático al Hospital Traumatológico de Concepción, manteniendo el grado 8°. Posteriormente, mediante la Resolución Exenta N° 7671, se rebajó su grado al 12°.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
Determinar si la Resolución Exenta N° 7671, que rebaja el grado de Adolfo Aranda Torres, es ilegal y/o arbitraria, vulnerando sus derechos constitucionales.
• Argumentos de las partes
El recurrente alega que la rebaja de su grado es ...
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