Suprema - Rol 16984-2019
RECURRENTE:LUIS ARNALDO ESCOBAR TORREALBA RECURRIDO:IVONNE ELENA DE LOURDES ARESTI PEÑA
Abstracto
La Corte Suprema revoca la sentencia apelada y acoge el recurso de protección, ordenando restablecer el libre acceso a una ermita y abstenerse de alterar el libre tránsito de feligreses. Se considera vulnerado el derecho a la libertad de culto.
Resumen
• Datos básicos del caso
Recurso de protección interpuesto por Luis Armando Escobar Torrealba, presbítero y administrador de la Parroquia San Juan Evangelista de San Vicente de Tagua Tagua, en contra de Ivonne Arresti Peña.
• Antecedentes procesales relevantes
El recurrente apela la sentencia de primera instancia que rechazó el recurso de protección. La Corte Suprema se pronuncia sobre la apelación.
• Hechos establecidos
La Parroquia San Vicente es dueña de un inmueble inscrito en el Conservador de Bienes Raíces de San Vicente de Tagua Tagua. Yasna Cornejo Reyes es dueña de un terreno colindante adquirido por compra a Carlos Aresti Peña, representado por Ivonne Aresti Peña. En el terreno de Cornejo Reyes se encuentra una ermita a la que feligreses acceden para rezar. Cornejo Reyes cerró el acceso a dicho terreno.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
Determinar si el cierre del acceso a la ermita por parte de la recurrida vulnera las garantías constitucionales del recurrente, específicamente el derecho a la libertad de culto y el derecho de propiedad.
• Argumentos de las partes
Recurrente (Luis Armando Escobar Torrealba): El cierre del terreno impide a los fieles expresar libremente su culto, vulnerando los derechos garantizados en el artículo 19 N°6 y ...
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