Suprema - Rol 21216-2019
BRUNA URQUETA CON CONSTRUCTORA ALCARRAZ LIMITADA (XXXII)
Abstracto
La Corte Suprema rechaza el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por el demandante, confirmando la sentencia de la Corte de Apelaciones de Arica que desestimó la demanda contra el Comando de Bienestar del Ejército, al no ser considerado dueño de la obra.
Resumen
• Datos básicos del caso
Autos RIT N° O-31-2019 y RUC N° 1940162844-7, del Juzgado de Letras del Trabajo de Arica.
• Antecedentes procesales relevantes
El Juzgado de Letras del Trabajo de Arica acogió parcialmente la demanda de George Gregory Bruna Urquieta contra Empresa Constructora Alcarraz Limitada y Agrupación Habitacional Sol del Norte, condenándolos al pago de feriado legal y proporcional, y a la primera, al pago de remuneraciones hasta la convalidación del despido. La Corte de Apelaciones de Arica acogió un recurso de nulidad del demandante, extendiendo la condena por nulidad del despido a la Agrupación Habitacional Sol del Norte. El demandante interpuso recurso de unificación de jurisprudencia contra esta última decisión.
• Hechos establecidos
La sentencia impugnada determinó que el Comando de Bienestar del Ejército de Chile actuó como financista y mandatario de la Agrupación Habitacional Villa Sol del Norte, no como dueño de la obra.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
Determinar si al Comando de Bienestar del Ejército de Chile se le puede atribuir la calidad de dueño o mandante de la obra para efectos de los artículos 183-A y siguientes, y 162 del Código del Trabajo.
• Argumentos de las partes
El demandante (recurrente) alega que el Comando...
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