Suprema - Rol 29840-2018
KATHERINA REYES PINTO CON INDUSTRIAS DE SANITARIOS DE PENCO S.A. (O)
Abstracto
La Corte Suprema rechaza recurso de casación en el fondo, confirmando el abandono del procedimiento. Se determina que la solicitud de traer expediente a la vista y la notificación individual del auto de prueba no interrumpen el plazo de inactividad.
Resumen
• Datos básicos del caso
Juicio ordinario de indemnización de perjuicios, Rol Nro. C-4342-2016, Segundo Juzgado Civil de Concepción, “Katherina Reyes Pinto con Industrias de Sanitarios de Penco S.A.”. Recurso de casación en el fondo.
• Antecedentes procesales relevantes
- El Juzgado de primera instancia acogió el incidente de abandono del procedimiento.
- La Corte de Apelaciones confirmó la sentencia apelada.
- Se interpone recurso de casación en el fondo contra esta última resolución.
• Hechos establecidos
—
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
- Determinar si la solicitud de traer un expediente a la vista interrumpe el plazo de inactividad.
- Determinar si la notificación de la interlocutoria de prueba a una sola de las partes constituye gestión útil.
• Argumentos de las partes
*Recurrente (demandante):
- La sentencia impugnada infringe el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, ya que no ha transcurrido el plazo de inactividad de seis meses.
- Los sentenciadores no consideraron las actuaciones del 2 y 12 de junio de 2018 (solicitud de traer a la vista otra causa y notificación del auto de prueba), las cuales interrumpieron el plazo del abandono.
- La notificación expresa del auto de prueba el 18 de junio de 2018 también es un...
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