Suprema - Rol 154806-2020
MARGORET FRANCOISE ESPARZA SOLIS Y OTRO CON INVERSIONES Y ASESORIAS AILILCO LIMITADA Y OTRAS.
Abstracto
La Corte Suprema rechaza recurso de unificación de jurisprudencia sobre la aplicación del artículo 163 bis del Código del Trabajo en relación con la nulidad del despido (art. 162), confirmando que la limitación a la nulidad opera hasta la fecha de liquidación de la empresa.
Resumen
• Datos básicos del caso
Recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción, que rechazó el recurso de nulidad presentado por los demandantes en un juicio por despido injustificado, cobro de prestaciones laborales y nulidad del despido (RIT O-922-2019, RUC 1940192507-7), seguido ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción.
• Antecedentes procesales relevantes
- El Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción acogió parcialmente la demanda, declarando el despido injustificado y ordenando el pago de prestaciones, incluyendo la nulidad del despido hasta la fecha de la resolución de liquidación voluntaria de la empresa.
- Los demandantes recurrieron de nulidad, invocando la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de los artículos 162 y 163 bis.
- La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de nulidad.
- Los demandantes interpusieron recurso de unificación de jurisprudencia ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos
La controversia se centra en la interpretación y aplicación del artículo 163 bis del Código del Trabajo, en relación con la sanción de nulidad del despido contemplada en el artículo 162 del mismo código, específicamente si la limitación establecida en...
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