Suprema - Rol 152312-2022

VALDIVIA/SOCIEDAD PUNTA DEL COBRE S.A.

Abstracto

La Corte Suprema confirma el rechazo de un recurso de protección interpuesto por vecinos de Tierra Amarilla, al no existir ilegalidad ni arbitrariedad en el actuar de las recurridas respecto a socavón. Sin embargo, insta a las autoridades a actuar coordinadamente bajo el principio precautorio.

Resumen

• Datos básicos del caso
Recurso de protección interpuesto contra Minera Candelaria, Minera Ojos del Salado, Minera Punta de Cobre y el Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN), por la supuesta insuficiencia de información sobre túneles mineros y su relación con socavones en Tierra Amarilla. El recurso fue interpuesto por dos grupos de recurrentes, representados por las abogadas Sras. Dagnino e Hidalgo.

• Antecedentes procesales relevantes
La Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó el recurso de protección. Se interpuso recurso de apelación ante la Corte Suprema.

• Hechos establecidos
El 30 de julio de 2022, se produjo un socavón cerca de la mina Alcaparrosa, propiedad de la Compañía Contractual Minera Ojos del Salado. Las dimensiones del socavón fueron de 32 metros de diámetro y 64 metros de profundidad. Tras el evento, diversas autoridades (SMA, SERNAGEOMIN, DGA) ordenaron medidas y fiscalizaciones a la empresa minera.
En 2013, un estudio realizado por la Universidad de Atacama, en el marco de la Mesa Minera, concluyó que no existen faenas mineras bajo el casco urbano de Tierra Amarilla. Este informe fue validado por SERNAGEOMIN.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
Determinar si la falta de información sobre túneles mineros subterráneos ...

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