Suprema - Rol 244734-2023
MENARES/ISAPRE CRUZBLANCA S.A.
Abstracto
La Corte Suprema revoca la sentencia apelada y acoge el recurso de protección, ordenando a la Isapre equiparar la cobertura de salud mental a la física, aplicando la Ley N° 21.331 y la Circular IF/N° 396, pero rechaza la solicitud de devolución de cobros.
Resumen
• Datos básicos del caso
Recurso de protección interpuesto contra una Isapre por no otorgar la misma cobertura a prestaciones de salud mental que a las de salud física, vulnerando derechos constitucionales.
• Antecedentes procesales relevantes
La Corte de Apelaciones rechazó el recurso. Se interpuso recurso de apelación, argumentando que la Ley N° 21.331 se aplica tanto a contratos antiguos como nuevos.
• Hechos establecidos
La Isapre recurrida aplicaba menores beneficios a las prestaciones de salud mental en comparación con las de salud física, lo que motivó el recurso de protección.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
Determinar si la Circular IF/N° 396 de la Superintendencia de Salud se aplica exclusivamente a los contratos de salud suscritos después de su entrada en vigencia, o también a los contratos preexistentes.
• Argumentos de las partes
Recurrente: La Isapre no cumple con la Circular IF/N° 396, otorgando menores beneficios en salud mental, lo que vulnera derechos constitucionales. Los cambios normativos rigen in actum, aplicando la Ley N° 21.331 a todos los contratos.
Recurrida: La Circular IF/N° 396 solo aplica a los nuevos planes de salud, no a los contratos antiguos como el de la recurrente.
• Doctrina y jurisprudencia citadas
Ley N° 21....
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.