Suprema - Rol 4343-2024
DICKINSON/FUNDACION EDUCACIONAL PROVIDENCIA
Abstracto
La Corte Suprema declara inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia presentado por la demandada contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco, al considerar que los temas propuestos no constituyen asuntos jurídicos habilitantes para este recurso (art. 483 y 483-A del Código del Trabajo).
Resumen
• Datos básicos del caso
Recurso de unificación de jurisprudencia (Nº4.343-2024) deducido por la parte demandada contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco, que rechazó el recurso de nulidad interpuesto contra la sentencia de primera instancia que acogió la demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones laborales.
• Antecedentes procesales relevantes
La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la demandada. Contra esta resolución, la demandada interpuso recurso de unificación de jurisprudencia.
• Hechos establecidos
No se establecen hechos en esta resolución, ya que se trata de un pronunciamiento sobre la admisibilidad del recurso.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
La admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia, en relación con las materias de derecho propuestas por el recurrente:
- Si en la valoración de la prueba según las reglas de la sana crítica, el juez puede considerar solo los elementos probatorios que le son útiles o debe valorar todos los medios probatorios en su conjunto.
- El sentido y alcance del inciso final del artículo 478 del Código del Trabajo, respecto a la forma de interponer distintas causales de un recurso de nulidad y la compatibilidad entre las causal...
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