Suprema - Rol 64667-2023
ORTEGA JOLLARES GEMA CON MUNICIPALIDAD DE SAN RAMÓN
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de unificación de jurisprudencia, estableciendo que el Código del Trabajo aplica a contrataciones a honorarios en la administración pública si cumplen requisitos de subordinación y dependencia, aunque exista estatuto especial.
Resumen
• Datos básicos del caso
Autos RIT O-207-2022, RUC 2240388944-3, del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, caratulados “Ortega Jollares Gema con Municipalidad de San Ramón”.
• Antecedentes procesales relevantes
El Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel rechazó la demanda de declaración de relación laboral, nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones. La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la demandante. La demandante interpuso recurso de unificación de jurisprudencia ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos
- Gema Viviana Jollares Ortega fue contratada a honorarios por la Municipalidad de San Ramón desde el 01 de abril de 2016 al 31 de diciembre de 2021.
- Durante 2016, realizó labores de mantención y limpieza de espacios públicos, luego administrativas hasta 2019, percibiendo estipendios fijos.
- Desde enero de 2020, fue monitora social en el Centro de la Mujer, dependiente de la Dirección de Desarrollo Comunitario, con labores de asesoría y orientación a usuarias, y articulando redes, recibiendo los mismos pagos mensuales.
- Los convenios a honorarios exigían informar mensualmente las tareas y funciones ejecutadas.
- Percibió una contraprestación mensual, que alcanzó los $632.297 en ...
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