Suprema - Rol 20520-2024
SANTIBÁÑEZ VAZQUEZ BENJAMIN Y OTROS CON FUNDACIÓN EDUCACIONAL JOSÉ ABELARDO NÚÑEZ
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de unificación de jurisprudencia, estableciendo que la imputación al seguro de cesantía por despido por necesidades de la empresa requiere que el despido sea justificado judicialmente, revocando fallo de la Corte de Apelaciones.
Resumen
• Datos básicos del caso
Autos RIT T-748-2022, RUC 22- 4-0401269-3, del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
• Antecedentes procesales relevantes
El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió demanda por despido improcedente, condenando al pago del recargo legal y restitución de aportes al seguro de cesantía. La Corte de Apelaciones de Santiago acogió recurso de nulidad de la demandada, desestimando la restitución de aportes al seguro de cesantía. La parte demandante interpuso recurso de unificación de jurisprudencia contra este último fallo.
• Hechos establecidos
—
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
Determinar la correcta interpretación del artículo 13 de la Ley N° 19.728, específicamente si el empleador puede imputar al seguro de cesantía cuando la causal de despido por necesidades de la empresa ha sido declarada improcedente.
• Argumentos de las partes
Demandante (recurrrente): Alega que el empleador no puede imputar al seguro de cesantía cuando el despido por necesidades de la empresa es declarado improcedente. Cita jurisprudencia que exige que el contrato termine efectivamente por la causal del artículo 161 del Código del Trabajo para que opere el descuento.
Demandada: No presenta argumentos directos en esta etapa del...
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